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Análisis · Riesgo

Sanciones y plazos de VeriFactu: el coste de no adaptarse

⚠️ Actualización (5 oct 2026): Hacienda ha anunciado el aplazamiento de VeriFactu a octubre de 2028 (nota informativa del Ministerio, pendiente de publicación en BOE). Las fechas de 2027 citadas en este artículo quedan en suspenso hasta que salga la norma; los requisitos técnicos del software y las sanciones no cambian. Seguir la noticia →

Hasta 50.000 € por ejercicio para quien use un software no conforme, y hasta 150.000 € para quien lo fabrique o lo venda. Sí, la cifra da respeto. Vamos a ver las fechas clave, las cuantías reales y, lo más importante, cómo dormir tranquilo.

Actualizado: octubre 2026Lectura: 7 minRiesgo: alto
Mazo de juez sobre su base en un juzgado
Lo esencial en 30 segundos
  • Usar software no certificado: hasta 50.000 € de multa.
  • Plazos: 1-ene-2027 sociedades, 1-jul-2027 autónomos (RD-ley 15/2025).
  • Cumplir no exige cambiar tu contabilidad: solo el programa con el que facturas.

Los plazos clave

  • 1 de enero de 2027: sociedades y demás personas jurídicas, obligadas.
  • 1 de julio de 2027: autónomos y resto de contribuyentes del IRPF, obligados.

El calendario original preveía 2026, pero el RD-ley 15/2025 lo aplazó un año completo. Es decir: aún estás a tiempo de adaptarte sin prisas, pero no de dormirte — migrar el último mes, con miles de rezagados saturando los soportes técnicos, es mala idea.

Cuantías de las sanciones

El artículo 201.1 quáter de la Ley General Tributaria (introducido por la Ley 11/2021) castiga tres conductas:

  • Usar sistemas informáticos no conformes: multa de 50.000 € por cada ejercicio en que se haya producido el uso.
  • Tenerlos en poder sin ser usuario: igualmente sancionable.
  • Fabricar, producir o comercializar este software: 150.000 € por cada ejercicio y por cada tipo de sistema.
Las cuantías se aplican por ejercicio fiscal. Dos años facturando con un sistema no conforme pueden significar dos multas.

Cómo te pueden pillar

No hace falta una inspección aleatoria. Vías habituales:

  • Cruces de información: tus clientes declaran tus facturas; si no existen registros VeriFactu asociados, hay una discrepancia visible.
  • El propio QR: cualquiera (incluida la AEAT) puede verificar si tu factura proviene de un sistema certificado.
  • Denuncias de la competencia o de clientes — más frecuentes de lo que crees en el sector servicios.

Recomendación del editor

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La forma más barata de evitar sanciones es emitir ya con un software certificado. Quipu genera los registros de facturación y el encadenamiento que exige la AEAT de forma automática, sin que tengas que tocar nada técnico.

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Cómo protegerte

  1. Migra a un software certificado ya: la comparativa te lleva 15 minutos y la migración, una semana.
  2. Guarda la declaración responsable del fabricante de tu software (pídela si no la encuentras).
  3. Si has facturado meses con sistemas no conformes, habla con tu asesor: regularizar antes del requerimiento siempre sale mejor.
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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la multa por no cumplir VeriFactu?

La cifra estrella: 50.000 € por ejercicio por usar sistemas de facturación que no cumplan los requisitos. Para los fabricantes de software no conforme, también 150.000 €. Son sanciones de la LGT que exigen procedimiento: no te llegan de un día para otro.

¿Me pueden sancionar ya en 2026?

La obligación entra en 2027 (enero sociedades, julio autónomos), así que la sanción por no usar SIF conforme no aplica antes. Pero ojo: ocultar ventas o manipular facturas ya era sancionable antes de VeriFactu.

¿Qué plazo tengo para adaptarme?

Sociedades: hasta el 1 de enero de 2027. Autónomos: hasta el 1 de julio de 2027. El calendario completo, en la cronología VeriFactu.

¿Si mi programa se actualiza tarde, la culpa es mía?

La responsabilidad de usar un sistema conforme es del obligado tributario (tú), aunque el fabricante también puede ser sancionado. Por eso conviene elegir software con declaración responsable ya publicada, no promesas.