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Factura electrónica B2B: la otra obligación que viene (y no es VeriFactu)

Mientras todo el mundo mira a VeriFactu, la Ley Crea y Crece avanza por el carril de al lado: el Real Decreto 238/2026 ya está en el BOE y la Orden Ministerial que falta propone entrar en vigor el 1 de octubre de 2026. Si se cumple, la factura electrónica entre empresas será obligatoria en octubre de 2027 para las grandes y en octubre de 2028 para el resto, autónomos incluidos.

Publicado: 18 septiembre 2026Lectura: 8 min
Dos empresas revisando documentos de facturación con sus portátiles
Lo esencial en 30 segundos
  • La factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) no es VeriFactu: es otra obligación distinta y complementaria.
  • El Real Decreto 238/2026 ya está publicado; falta la Orden Ministerial, cuyo proyecto propone entrar en vigor el 1 de octubre de 2026.
  • Desde su entrada en vigor: 12 meses para empresas que facturen más de 8 M€ (octubre 2027) y 24 meses para el resto (octubre 2028).
  • Aunque tu plazo sea el largo, desde 2027 tendrás que saber recibir facturas electrónicas de proveedores grandes.

Qué ha pasado: el reglamento ya es real

La Ley 18/2022, Crea y Crece, introdujo hace años la obligación de que empresas y autónomos intercambien facturas electrónicas en sus relaciones comerciales B2B, con dos objetivos claros: digitalizar y, sobre todo, combatir la morosidad entre empresas. Lo que faltaba era el reglamento que lo aterrizara.

Ese reglamento llegó el 24 de marzo de 2026 con el Real Decreto 238/2026 (BOE-A-2026-7295): define quién está obligado, qué formatos valen y cómo funcionará la solución pública de facturación electrónica de la AEAT. Pero —y esto es clave— no fija fechas absolutas: los plazos empiezan a contar cuando entre en vigor la Orden Ministerial que desarrolla esa solución pública.

La pieza que falta: la Orden Ministerial

El proyecto de Orden se sometió a audiencia pública el 17 de abril de 2026 y propone su propia entrada en vigor el 1 de octubre de 2026. A día de hoy sigue sin publicarse en el BOE, y la AEAT continúa puliendo el texto —la última sesión técnica conocida es del 10 de septiembre—. Traducción: la cuenta atrás está cargada pero aún no se ha pulsado el botón.

Un detalle técnico relevante del proyecto: la solución pública apostará por el formato UBL (el estándar europeo) en lugar del Facturae clásico, y exigirá informar del estado de cada factura: aceptación o rechazo y pago completo.

El calendario que quedaría

Si la Orden cumple su propia propuesta (1 de octubre de 2026), esto es lo que viene:

  • 1 de octubre de 2027: obligadas las empresas con más de 8 millones de euros de facturación anual (12 meses desde la Orden).
  • 1 de octubre de 2028: obligado el resto: pymes, profesionales y autónomos (24 meses).
  • Trampa del calendario: aunque tu fecha de emisión sea 2028, desde octubre de 2027 los grandes proveedores te enviarán facturas electrónicas y tendrás que poder recibirlas y procesarlas. Tu margen real es menor del que parece.

Y si la Orden se retrasa, todo el calendario se desplaza en bloque: las fechas de 2027/2028 son una proyección, no un compromiso cerrado.

No confundir: VeriFactu ≠ factura electrónica B2B

Es la confusión del año, así que vamos al grano:

  • VeriFactu (ley antifraude): tu software registra cada factura con huella encadenada y puede enviar el registro a la AEAT. Obliga a sociedades el 1 de enero de 2027 y a autónomos el 1 de julio de 2027 (cuenta atrás y fechas).
  • Factura electrónica B2B (Crea y Crece): obliga a intercambiar la factura en formato estructurado con tus clientes empresa y a informar de su estado. No va de fraude: va de digitalización y plazos de pago.

Las dos convivirán: emitirás la factura electrónica B2B y tu sistema la registrará conforme a VeriFactu. La buena noticia es que un software moderno puede cubrir ambas cosas a la vez —otra razón para elegir bien ahora (comparativa de programas).

Qué te conviene hacer ya

  • Si eres autónomo o pyme: no compres software pensando solo en VeriFactu; pregunta si el fabricante prepara también el intercambio B2B en UBL.
  • Si facturas a empresas grandes: asume que recibirás sus facturas electrónicas desde 2027, antes de tu obligación de emitir.
  • Si facturas a clientes de fuera de España, el régimen es otro mundo (OSS, IVA, reglas de localización): lo tienes en facturar a clientes extranjeros.
  • Y lo obvio: si aún facturas con Word o Excel, el salto que tendrás que dar en 2027-2028 es doble. Mejor darlo una vez (VeriFactu vs Excel).

Artículo divulgativo basado en la normativa publicada (Ley 18/2022 y RD 238/2026) y en el proyecto de Orden Ministerial pendiente de publicación; las fechas de 2027-2028 son la proyección oficial, no definitivas. Para decisiones concretas, consulta a tu asesor.

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Preguntas frecuentes

¿La factura electrónica B2B es lo mismo que VeriFactu?

No. VeriFactu es el sistema antifraude: tu programa registra cada factura y puede enviarla a la AEAT. La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece es otra obligación distinta: intercambiar facturas en formato estructurado (UBL) con otras empresas e informar de su estado (aceptación, rechazo y pago). Un mismo software puede cubrir ambas, pero son dos deberes separados.

Si soy autónomo, ¿cuándo me obliga la factura electrónica B2B?

Si la Orden Ministerial entra en vigor el 1 de octubre de 2026 como propone el proyecto, a los autónomos y pymes les tocaría el 1 de octubre de 2028 (24 meses después). Ojo: desde octubre de 2027 podrías estar obligado a recibir y procesar facturas electrónicas de proveedores grandes, aunque aún no tengas que emitirlas.

¿Las fechas de la factura electrónica B2B son definitivas?

Todavía no. El Real Decreto 238/2026 está publicado, pero la Orden Ministerial que activa los plazos sigue sin publicarse en el BOE: el proyecto propone el 1 de octubre de 2026. Las fechas de octubre de 2027 y 2028 son la proyección sobre esa propuesta; si la Orden se retrasa, todo el calendario se desplaza.