Introduce tus ingresos y gastos del trimestre (sin IVA) y estimamos el modelo 303 (IVA a ingresar) y el modelo 130 (pago fraccionado de IRPF). Sin registro y con la cuenta desglosada.
Gratis · Tipos 2025-2026 · Septiembre 2026Estimación orientativa para estimación directa simplificada: modelo 303 = IVA repercutido − soportado; modelo 130 = 20 % del rendimiento acumulado del año menos retenciones y pagos anteriores. Aquí calculamos el trimestre de forma aislada. No es asesoramiento fiscal.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| IVA repercutido (cobrado a clientes) | — |
| IVA soportado (pagado en gastos) | — |
| Modelo 303: IVA a ingresar | — |
| Rendimiento del trimestre (ingresos − gastos) | — |
| Retenciones practicadas en factura | — |
| Modelo 130: IRPF a cuenta | — |
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El modelo 303 de IVA (o el 390 anual de resumen) y el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF si estás en estimación directa. Si retienes a terceros (alquiler, profesionales), también el 111 y el 115.
En el IVA, el resultado a compensar se arrastra a los siguientes trimestres del mismo año; en el cuarto trimestre puedes pedir la devolución. En el IRPF (modelo 130) no hay devolución: se ajusta en la renta anual.
El repercutido es el que cobras a tus clientes en tus facturas; el soportado, el que pagas en tus compras y gastos. A Hacienda ingresas la diferencia: repercutido menos soportado deducible.