VeriFactu no ha caído del cielo: es el capítulo final de una ley de 2021 que lleva cinco años madurando. Esta es la cronología completa, en orden y sin jerga, para entender de dónde viene la obligación y por qué esta vez va en serio.
La semilla está en la ley 11/2021 contra el fraude fiscal, que prohibió los programas de «doble uso» —los que permitían llevar una contabilidad B o borrar facturas— y sentó la base: los sistemas informáticos de facturación deben garantizar la integridad, conservación y trazabilidad de los registros.
En 2023 llegó el reglamento que desarrolla esos requisitos técnicos: qué debe registrar el programa, cómo se encadena criptográficamente cada factura con la anterior y qué dos modalidades existen —con envío a la AEAT (Veri*factu) o sin envío (registro verificable). Si quieres el detalle, lo contamos en qué es VeriFactu y a quién afecta.
Durante 2025 el sector se preparó para una entrada en vigor escalonada en 2026. Los fabricantes certificaron versiones, las asesorías formaron a sus equipos y los autónomos empezaron a recibir cartas y avisos de su gestor.
Entonces, a finales de año, el Gobierno aprobó el RD-ley 15/2025: un aplazamiento de un año completo. El argumento oficial: dar margen a fabricantes y empresas para adaptarse con garantías. El resultado práctico: 2026 se convirtió en un año de transición voluntaria en lugar de un año de obligación.
Este año está siendo el de los deberes tranquilos: los principales programas españoles han ido anunciando su certificación, la AEAT ha mantenido abierta su sede de pruebas para que las empresas ensayen el envío, y quien se ha adaptado ya lo ha hecho sin la presión de la multa encima. Es, en el fondo, el escenario ideal: cambiar ahora cuesta lo mismo que cambiar en 2027, pero sin riesgo.
Si te acabas de enterar, la ruta rápida es: elegir programa → migrar en un mes flojo → facturar tranquilo.
Cronología divulgativa basada en la normativa publicada; para decisiones concretas, consulta a tu asesor.