El verano se acaba y con él el tiempo de margen: el 1 de enero de 2027 VeriFactu será obligatorio para las sociedades, y el 1 de julio para los autónomos. Esto es lo que conviene dejar atado este otoño, sin alarmismos ni prisas de última hora.
Repaso rápido de las fechas que marcan la cuenta atrás:
Ambas fechas vienen del aplazamiento aprobado a finales de 2025 por el RD-ley 15/2025, que dio un año extra al calendario original. No hay ningún indicio de un segundo aplazamiento: trabaja con estas fechas como definitivas. Detalles en sanciones y plazos de VeriFactu.
El día después de tu fecha límite, tus facturas deberán emitirse desde un programa certificado. Si sigues con plantillas de Word o Excel —que dejarán de ser válidas— te expones a las sanciones de la ley antifraude: hasta 50.000 € por usar software no certificado. No hace falta que Hacienda te inspeccione para que el problema exista: basta con que un cliente o proveedor te pida trazabilidad de una factura y no puedas darla.
Si quieres llegar tranquilo, este otoño es el momento. En orden:
Probablemente solo verificar: los grandes fabricantes españoles (Quipu, Holded, Billin, Anfix, FacturaDirecta…) han ido anunciando su adaptación a lo largo de 2026. Entra en tu cuenta, busca la sección de VeriFactu o escribe a soporte y guarda su respuesta. Si tu programa es minoritario o está abandonado, el otoño es buen momento para cambiar sin dolor.
Y si eres abogado o autónomo y quieres el análisis específico para tu caso: VeriFactu para abogados y VeriFactu para autónomos.
Esta entrada es divulgativa; tu caso concreto revísalo con tu asesor.